Es indudable que la instalación de paneles solares ha experimentado un enorme auge en los últimos años en nuestro país. Entre las principales razones se barajan el incremento continuo del precio de la electricidad, así como el abaratamiento de los costes y las ayudas y subvenciones por parte del gobierno central y las administraciones locales, como la Bonificación IBI por placas solares.
El autoconsumo es más que una moda, se ha convertido en una tendencia y una necesidad que favorece el ahorro energético. Por lo tanto, el gobierno de España en sintonía con las políticas europeas impulsa medidas que impulsan las energías renovables. Entre estas se contemplan las bonificaciones del 50 % en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), tanto en los inmuebles de uso residencial como no residencial.
Los beneficios del IBI en el autoconsumo fotovoltaico
Cada vez son más las personas que apuestan por las energías renovables y este nuevo modelo energético. La legislación actual en nuestro país favorece esta alternativa que ayuda a preservar el medioambiente. Esta normativa regula tanto la compensación por excedentes como el autoconsumo compartido, por lo tanto, ayuda a impulsar la instalación de placas solares.
Si la bonificación del IBI por placas solares es una ventaja, lo conveniente es saber cómo solicitarla para beneficiarse de esta medida. Este impuesto es de carácter obligatorio y se contempla en el Real Decreto Legislativo 2/2004. Como bien sabemos, su valor se relaciona con el valor catastral del inmueble y el tipo impositivo, por lo que no está nada mal conseguir una bonificación del 50 % en esta cuota.
Las personas que decidan instalar sistemas de autoconsumo para aprovechar la energía del sol deben saber que tienen a su alcance este beneficio fiscal. Una medida que ayuda en la transición al autoconsumo para reducir el consumo de gases contaminantes a la atmósfera.
Aunque el porcentaje de esta reducción tiene que ver con el municipio y la media ronda entre los tres y cinco años, hay alternativas mucho más amplias. Por lo tanto, esta bonificación tendrá una vigencia durante los períodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación.
Requisitos para acceder a la bonificación del IBI
El informe “Incentivos fiscales para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en municipios con más de 10.000 habitantes” que ha sido publicado por la Fundación Renovables, contempla que un total de 312 localidades con más de 10.000 habitantes ofrecen alguna bonificación en el IBI si se realiza una instalación fotovoltaica.
Por lo tanto, el porcentaje supera el 40 % de los municipios y beneficia a un 60 % de la población. Los ayuntamientos son los organismos encargados de gestionar el impuesto del IBI, y por dicho motivo son los responsables de incluir las bonificaciones, las cuantías o los períodos de pago. Esto indica que hay diferencias sustanciales entre las diferentes localidades en cuanto al porcentaje y tiempo de duración de la instalación.
Asimismo, las exigencias y características también varían, por lo tanto, este dato es muy importante, porque de ello depende que la población se decida a instalar estas fuentes de energía o se vea más limitada en el disfrute. De hecho, hay ayuntamientos que solicitan estudios previos para valorar el porcentaje de ahorro del sistema de autoconsumo, así como la reducción de las emisiones de CO2.
Realmente estos datos son de vital interés porque ayudará a que el cliente se preocupe por impulsar una instalación más optimizada. No obstante, la institución local puede ser más flexible o restrictiva, por lo que en muchos casos, establece limitaciones de potencia mínima de más de 4 kWp/100m2. En este caso, las condiciones para acceder a esta bonificación son mucho menores.
¿Cómo se puede solicitar la bonificación del IBI?
En primer lugar, hay que destacar que este tipo de bonificación tiene un carácter rogado. Esto quiere decir que no se aplicará de forma directa a los inmuebles que cuenten con estas instalaciones, sino que se deberá solicitar previamente.
Como son los ayuntamientos los encargados de gestionar este tipo de procedimiento, debemos saber cómo realizar este trámite y que formas hay para realizarlo. Realmente, este proceso no es nada difícil de realizar porque sigue los cauces habituales de la administración local. Principalmente existen dos alternativas para beneficiarse de esta reducción fiscal:
- Registro electrónico. Esta operación se registra a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento correspondiente. Para tal fin hay que contar con el certificado digital, el DNI electrónico o la clave segura de usuario.
- Registro presencial. Se puede realizar la solicitud de forma presencial acompañada de la documentación que se requiere. En muchos casos, hay que solicitar una cita previa en las oficinas de atención al contribuyente.
¿Qué documentación se debe aportar?
También cabe señalar que la documentación que requieren las instituciones locales puede variar en función de los requisitos establecidos. No obstante, lo más normal es incluir esta relación de documentos.
- La licencia urbanística para proceder a la instalación fotovoltaica. Este documento es de vital importancia para conseguir la reducción en el IBI.
- Una fotocopia con el último recibo del IBI.
- Una copia compulsada de las facturas emitidas para esta instalación en las que conste de forma detallada el importe.
- El contrato de mantenimiento de la instalación, así como el tiempo de duración estipulado.
- También será necesario incluir el certificado técnico de homologación de los colectores para estas instalaciones solares.
- Finalmente, el justificante de haber realizado el pago correspondiente al Impuesto sobre las construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
En definitiva, la instalación de paneles fotovoltaicos supone un gran número de ventajas y beneficios en cuanto ahorro energético y reducción del importe de la factura de la luz se refiere. Pero la posibilidad de acogerse a la bonificación del IBI por placas solares durante varios años es un plus añadido que impulsa la apuesta por las energías renovables en nuestro país.